Mala Praxis Médica

Preguntas Frecuentes de Mala Praxis Médica

¿Qué se entiende por “mala praxis médica”?
Es la conducta del médico que, por negligencia, imprudencia o impericia, causa una lesión y un daño al paciente, y éste queda peor que al comienzo del tratamiento, o fallece.

¿Cuánto tiempo existe para iniciar juicio, reclamando una indemnización por el daño sufrido?
A partir del 1° de Agosto de 2015, el plazo es de tres años, pero para los hechos ocurridos antes de esa fecha, pueden ser dos años o diez, dependiendo de las circunstancias del hecho médico culposo. Después de esos plazos, el derecho prescribe (se extingue).

¿Esos plazos de prescripción, pueden ser interrumpidos?
Sí, hay acciones judiciales que tienen ese efecto como, por ejemplo, el secuestro judicial de la historia clínica.

¿A quién se puede demandar por responsabilidad médica?
Pueden ser responsables: los médicos que atendieron al paciente, el personal auxiliar del ente asistencial, los laboratorios, las empresas de estudios diagnósticos, los sanatorios, las clínicas u hospitales (privados o públicos), las obras sociales, las empresas de medicina prepaga y las compañías de seguro y, en general, todos los involucrados –directa o indirectamente- en la atención al enfermo.

¿Quiénes pueden reclamar si el paciente ha fallecido?
Pueden reclamar todos los posibles herederos: hijos, padres, abuelos, hermanos, nietos, concubinos, cónyuge, etc.

Si los que reclaman son varios, ¿cada uno recibe una indemnización separada?
Sí, y el monto depende del daño que cada uno sufra.

¿El médico responsable puede ser demandado penalmente?
Sí, pero la mayoría de las veces las condenas quedan en suspenso.

¿Cómo se reclama si no se tiene dinero para pagar los gastos del proceso?
Se pide un “beneficio de litigar sin gastos”, donde sólo es necesaria una declaración jurada afirmando vivir una situación económica que no permite afrontar los gastos fiscales.

¿Cuándo se pagan los honorarios del abogado?
En nuestro Estudio los honorarios se pagan al final del juicio, y únicamente si el caso se gana y si cobra una indemnización.

¿Cómo se inicia el reclamo?
El proceso comienza con el secuestro judicial de la historia clínica. Aunque el paciente sea el titular de la misma, nuestro primer consejo legal es NO ir a pedirla personalmente, porque sólo se logra poner al médico en aviso.

Fuente: https://www.mala-praxis.com.ar/web/preguntas-frecuentes/


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